Guía de Derecho Laboral de Nevada — Derechos y Protecciones en el Lugar de Trabajo
At-will employment, discriminación, salarios, acoso y protecciones contra represalias bajo la ley de Nevada.
La ley laboral cubre despido injustificado, discriminación, acoso, disputas salariales y represalias. La mayoría de los reclamos requieren un proceso administrativo (como una queja ante la EEOC) antes de poder demandar — y cada paso tiene su propio plazo.
Protecciones Clave
Las protecciones laborales principales de Nevada provienen de Ley de Prácticas Justas de Empleo de Nevada §613.330, que prohíbe la discriminación en el lugar de trabajo basada en.
Excepciones al At-Will Employment
Los tribunales de Nevada han reconocido excepciones de derecho consuetudinario al empleo a voluntad, como las reclamaciones basadas en política pública y en contrato; estas excepciones provienen de la jurisprudencia, no de estatutos, y su alcance actual debe confirmarse con un abogado [§].
Salarios y Compensación
| Ley de Nevada | |
|---|---|
| Salario Mínimo | $12.00/hr (vigente a partir del 1 de julio de 2024). Si aplica una tarifa menor cuando el empleador ofrece beneficios de salud calificados depende de cómo NRS 608.250 interactúa con la disposición de salario mínimo de la Constitución de Nevada — confirme con un abogado. §608.250 |
| Horas Extra | 1.5 veces la tarifa regular después de 40 horas por semana; horas extra diarias de 1.5 veces después de 8 horas, solo para empleados que ganan menos de 1.5 veces el salario mínimo §608.018 |
| Pago de Salarios | Los salarios en el empleo privado se pagan quincenalmente: los salarios devengados y no pagados antes del primer día del mes deben pagarse a más tardar a las 8 a.m. del día 15 del mes siguiente, y los salarios devengados y no pagados antes del día 16 deben pagarse a más tardar a las 8 a.m. del último día del mismo mes; los empleadores pueden acordar pagar con mayor frecuencia que quincenalmente §608.060; §608.020 |
| Último Cheque de Pago | Si el empleado es despedido, el salario final se debe de inmediato (NRS 608.020); si el empleado renuncia, se debe dentro de 7 días o en la próxima fecha regular de pago, lo que ocurra primero (NRS 608.030) §608.060; §608.020 |
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Preguntas Frecuentes
Respuestas generales a preguntas comunes. Los resultados específicos dependen de sus circunstancias.
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