Alternativas al Probate para Patrimonios Pequeños en Wisconsin
Procedimientos simplificados de sucesión testamentaria para patrimonios más pequeños en Wisconsin — distribución sumaria, affidávits y cuándo se requiere el proceso completo.
Opción de patrimonio pequeño en Wisconsin
| Requisito | Detalles | |
|---|---|---|
| Nombre del procedimiento | liquidación sumaria de patrimonios pequeños §867.01 | |
| Límite de valor del patrimonio | Debe ser menor de $50,000 §867.01 | |
| Requisitos adicionales | El tribunal liquida el patrimonio de forma sumaria sin designar un representante personal cuando el patrimonio, menos las deudas garantizadas, no supera los $50,000 en valor y el difunto es sobrevivido por un cónyuge o pareja de hecho, o por uno o más hijos menores de edad. Si se requiere notificación al departamento de servicios de salud, el tribunal asigna los bienes una vez transcurridos 30 días desde dicha notificación. §867.01 |
Wisconsin permite liquidación sumaria de patrimonios pequeños para los patrimonios que califican. El límite es $50,000. El tribunal liquida el patrimonio de forma sumaria sin designar un representante personal cuando el patrimonio, menos las deudas garantizadas, no supera los $50,000 en valor y el difunto es sobrevivido por un cónyuge o pareja de hecho, o por uno o más hijos menores de edad. Si se requiere notificación al departamento de servicios de salud, el tribunal asigna los bienes una vez transcurridos 30 días desde dicha notificación.
Cuándo aún se requiere el proceso completo de Probate
Incluso un patrimonio pequeño puede necesitar administración completa si:
- Hay bienes inmuebles titulados únicamente a nombre del fallecido (en estados donde el proceso simplificado cubre solo bienes personales)
- Existe una disputa entre herederos sobre quién hereda
- Hay Reclamaciones de acreedores impugnadas
- El valor supera el límite de patrimonio pequeño una vez que todos los bienes se valúan correctamente
Cómo funciona el proceso simplificado
- Un heredero o persona con derecho a los bienes prepara un affidávit (declaración jurada) que acredita su derecho a recibir los activos
- El affidávit se presenta a quien tenga los bienes en su poder (banco, empleador, compañía de seguros, etc.)
- El poseedor está autorizado a entregar los bienes con base en el affidávit
- No se necesita el nombramiento judicial de un Representante personal
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Preguntas Frecuentes
Respuestas generales a preguntas comunes. Los resultados específicos dependen de sus circunstancias.
Si tiene una fecha límite, aviso judicial o audiencia próxima, menciónelo al solicitar asistencia para que se evalúe el tiempo de manera oportuna.

