Alternativas al Probate para Patrimonios Pequeños en Nevada
Procedimientos simplificados de sucesión testamentaria para patrimonios más pequeños en Nevada — distribución sumaria, affidávits y cuándo se requiere el proceso completo.
Opción de patrimonio pequeño en Nevada
| Requisito | Detalles | |
|---|---|---|
| Nombre del procedimiento | declaración jurada de derecho / reserva del patrimonio §146.080; §146.070 | |
| Límite de valor del patrimonio | Debe ser menor de $150,000 para la declaración jurada del cónyuge sobreviviente; $25,000 para personas que no sean el cónyuge; $150,000 en total del patrimonio para la reserva (SB 404, vigente desde oct. 2025) §146.080; §146.070 | |
| Requisitos adicionales | La declaración jurada está disponible 40 días después del fallecimiento para bienes muebles. Los patrimonios inferiores a $150,000 pueden reservarse sin necesidad de una administración completa. §146.080; §146.070 |
Nevada permite declaración jurada de derecho / reserva del patrimonio para los patrimonios que califican. El límite es $150,000 para la declaración jurada del cónyuge sobreviviente; $25,000 para personas que no sean el cónyuge; $150,000 en total del patrimonio para la reserva (SB 404, vigente desde oct. 2025). La declaración jurada está disponible 40 días después del fallecimiento para bienes muebles. Los patrimonios inferiores a $150,000 pueden reservarse sin necesidad de una administración completa.
Cuándo aún se requiere el proceso completo de Probate
Incluso un patrimonio pequeño puede necesitar administración completa si:
- Hay bienes inmuebles titulados únicamente a nombre del fallecido (en estados donde el proceso simplificado cubre solo bienes personales)
- Existe una disputa entre herederos sobre quién hereda
- Hay Reclamaciones de acreedores impugnadas
- El valor supera el límite de patrimonio pequeño una vez que todos los bienes se valúan correctamente
Cómo funciona el proceso simplificado
- Un heredero o persona con derecho a los bienes prepara un affidávit (declaración jurada) que acredita su derecho a recibir los activos
- El affidávit se presenta a quien tenga los bienes en su poder (banco, empleador, compañía de seguros, etc.)
- El poseedor está autorizado a entregar los bienes con base en el affidávit
- No se necesita el nombramiento judicial de un Representante personal
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Preguntas Frecuentes
Respuestas generales a preguntas comunes. Los resultados específicos dependen de sus circunstancias.
Si tiene una fecha límite, aviso judicial o audiencia próxima, menciónelo al solicitar asistencia para que se evalúe el tiempo de manera oportuna.

