Sus derechos bajo la FDCPA — Cobro de deudas en Hawaii
Lo que los cobradores de deudas pueden y no pueden hacer bajo la Ley de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas y la ley de protección al consumidor de Hawaii.
Lo que los cobradores no pueden hacer
Acoso y abuso §15 U.S.C. 1692d
- Llamarle repetidamente para molestarle o acosarle
- Usar lenguaje obsceno o abusivo
- Amenazar con violencia o daño físico
- Publicar su nombre en una lista de «morosos»
Declaraciones falsas o engañosas §15 U.S.C. 1692e
- Tergiversar el monto adeudado
- Hacerse pasar falsamente por abogado o representante del gobierno
- Amenazar con acciones legales que no pueden o no tienen intención de tomar
- Insinuar que cometió un delito por no pagar
Prácticas desleales §15 U.S.C. 1692f
- Cobrar cargos o intereses no autorizados por el acuerdo o la ley
- Depositar un cheque con fecha futura antes de tiempo
- Comunicarse con usted en horarios inusuales (antes de las 8 a.m. o después de las 9 p.m.)
- Contactarle en su trabajo si su empleador lo desaprueba
Su derecho a detener el contacto
Puede enviar una carta escrita de cese y desistimiento indicando al cobrador que deje de comunicarse con usted §15 U.S.C. 1692c. Después de recibirla, el cobrador solo puede contactarle para confirmar que detendrá el contacto o para notificarle de una acción específica (como presentar una demanda).
Protecciones específicas de Hawaii
La Ley de Agencias de Cobro de Hawaii §443B-1 Requiere la obtención de licencia para las agencias de cobro; incorpora los estándares federales de la FDCPA; prohíbe el acoso, las representaciones engañosas y las prácticas injustas en el cobro de deudas de consumidores; el Capítulo 480 de los Estatutos Revisados de Hawaii (Competencia Desleal y Prácticas Comerciales) ofrece protección adicional al consumidor con derecho privado de acción para daños triples de hasta $1,000.
Los cobradores de deudas en Hawaii deben tener licencia §443B-3. Si un cobrador no tiene la licencia adecuada, esto puede constituir una defensa o una contrademanda.
Qué hacer si se violan sus derechos
- Presente una queja ante la Oficina de Protección Financiera del Consumidor (CFPB) y el Fiscal General de Hawaii
- Documente todo — guarde cartas, registre fechas y horas de las llamadas, y tome notas
- Consulte a un abogado — las violaciones de la FDCPA pueden resultar en daños estatutarios de hasta $1,000 por caso, más daños reales y honorarios de abogado §15 U.S.C. 1692k
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Preguntas Frecuentes
Respuestas generales a preguntas comunes. Los resultados específicos dependen de sus circunstancias.
Si tiene una fecha límite, aviso judicial o audiencia próxima, menciónelo al solicitar asistencia para que se evalúe el tiempo de manera oportuna.

